La opresión del trabajador

Por: JAVIER VALLE-RIESTRA
Nos ocuparemos del Trabajo, un derecho fundamental de la persona. Los corifeos de este régimen actual se jactan de que existe esa libertad. Falso. A lo largo de los siglos: Virreinato, República en su comienzo y hoy, deben saber que las opiniones históricas los condenará porque es falso que los obreros, los empleados, los trabajadores rurales o agraristas, y los sumisos mercenariamente al capitalismo, son sujetos pasivos de la maquinaria imperial y de las oligarquías locales.
Son las mismas desde la existencia de la República, pese a las llamadas reformas agrarias y leyes laborales de productividad y empleo; la explotación del hombre por el hombre subsiste. Tenemos que buscar la fórmula de liberar a las masas de esa tiranía y establecer un régimen de justicia social y libertad, de la que hablan todos los politicastros, pero ninguno se juega para rearquitecturar la anatomía sociopolítica de la masa laboral peruana.
Hay que ir a un cambio radical y revolucionario en la que todos los trabajadores vivan a la altura de las circunstancias sociales, económicas y culturales, que verdaderamente pueda hacerlo dignos de su trabajo y considerarse seres humanos libres sin cadenas y dentro de un Estado de Derecho de pan con libertad.
Para esto necesitamos elecciones libres con participación de todas las clases trabajadoras, manuales e intelectuales, formales e informales, centrales sindicales, frentes y confederaciones, público y privado, independientes, emprendedores, etc. Si no se hace esto, seremos devorados por un ente incógnito, diabólico que destrozará al Perú desde sus cimientos.
El trabajador no debe seguir oprimido por las decadentes oligarquías herederas del latifundismo, la plutocracia y del abuso histórico con gamonales, patrones y petimetres tiránicos. Hagamos del Perú, contrariamente, una nación democrática, libre, sin dictadores ni dictadorzuelos. No cumplir significa, para los culpables, el paredón. Entremos en materia.
II
El derecho al trabajo (art. 22 de la Constitución) como derecho fundamental es un bien del hombre y de la humanidad, con su fuerza de trabajo transforma la naturaleza y logra realizarse como persona.
De allí se deriva, por ejemplo: a) la relación laboral que puede ser de hecho (trabajo dependiente, verbal o tácito) o de derecho, con estipulaciones en contrato escrito o formal, con salarios mínimos u “honorarios”; b) trabajadores manuales e intelectuales, que distingue actividades físicas y las de esfuerzo mental (docencia, por ejemplo), pero hoy en la “era del conocimiento” se relieva el saber tecnológico dentro de la producción separando la manufactura de la robótica;
- c) los proletarios que, según el marxismo, seenfrentaba a la burguesía en una constante lucha de clases resulta una visión polarizada del capitalismo; sin embargo, ha surgido el subproletario que realiza trabajos menores, desocupado por más tiempo, sin protección legal, marginado con ingresos por debajo de la línea de pobreza que abunda en el tercer mundo;
- d) el derecho a trabajar, cuyo contenido esencial –ratificado en sentencias del Tribunal Constitucional– tiene dos aspectos: el de acceder a un puesto de trabajo y el derecho a no ser despedido o cesado, sino por causa justa. Por ello, el Estado debe adoptar políticas que permitan a la población acceder a un puesto de trabajo respetable.
III
El derecho al trabajo tiene protección internacional, tales como: el art. 23 de la Declaración Universal de DDHH (derecho a la libre elección de su empleo); art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (escoger o aceptar libremente un trabajo); art. 7.b del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre DDHH (derecho a seguir su vocación y dedicarse a la actividad que mejor responda a sus expectativas); art. 45.b de la Carta de la OEA (1948) señala que el trabajo es un derecho y un deber social, con salarios justos que aseguren la vida, la salud y la economía decorosa para el trabajador y su familia, durante su actividad laboral y su vejez, o cuando cualquier circunstancia lo prive de la posibilidad de laborar.
Todo eso ha sido conquista de los trabajadores y luchadores sociales, desde los mártires de Chicago por las ocho horas, anarquistas, izquierdistas, zafreros y líderes apristas como Luis Negreiros Vega y que los sindicalistas de la nueva generación como Benigno Chirinos, Elías Mostacero, Víctor Guerrero, Franklyn Falla, Sergio Jaime, entre otros, siguen luchando por la reivindicación de los derechos laborales.
(*) Jurista, exconstituyente, exdiputado, exsenador y excongresista de la República.
CONGRESO APRUEBA ASIGNACIÓN ECONÓMICA MENSUAL
Darán S/ 1025 a quienes haganServicio Militar Acuartelado
Remuneración Mínima Vital beneficia a soldado, grumete o avionero.
Por unanimidad, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que establece la asignación económica mensual del personal del Servicio Militar Acuartelado.
La norma establece, en su único artículo, una Remuneración Mínima Vital (RMV), que hoy es S/ 1025, como asignación económica mensual para el soldado, grumete o avionero, que realiza el Servicio Militar Acuartelado; de conformidad con el artículo 54, numeral 4 de la Ley 29248, Ley del Servicio Militar.
La votación fue de 102 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Además, se aprobó la exoneración de segunda votación con cien votos a favor, cero en contra y una abstención.
En el caso de otras jerarquías del personal de tropa, que presta el servicio militar acuartelado, la asignación económica mensual se fijará teniendo como monto base la RMV. Esta será aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año y rige a partir de enero del año siguiente.
Durante el debate, el congresista Diego Bazán Calderón, de Avanza País, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, dijo que la propuesta permitirá, al personal que presta el servicio militar acuartelado, contar con una asignación mensual que le procure el bienestar “material y espiritual” para él y su familia.
“Ello permitirá un mayor desarrollo personal y familiar en beneficio del país; además de contribuir a combatir la pobreza y pobreza extrema, ya que estos jóvenes podrán apoyar en la canasta familiar y tener la posibilidad de realizar estudios universitarios, técnicos productivos y superiores tecnológicos”, dijo.
En tanto, el presidente del Congreso, José Williams Zapata, sustentó su propuesta señalando que su iniciativa beneficiará a los ciudadanos que voluntariamente van a hacer el servicio militar.
“Desde que se publicó la Ley del Servicio Militar el 2008, hasta la fecha, no se ha aprobado una ley que determine el monto de una asignación económico mensual al personal que presta servicio militar”, señaló.
Por su parte, el parlamentario Roberto Chiabra, de APP, indicó que hace 11 años no se le incrementa al servicio militar y que solo se le dará cuando hagan servicio militar.
Justicia
La congresista Elizabeth Medina, del Bloque Magisterial, dijo que se hace justicia a los jóvenes voluntarios que desean servir a su país.
EN LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN
Legisladores reanudan debate
sobre adelanto de elecciones
El presidente de la Comisión de Constitución del Congreso, Hernando Guerra García (Fuerza Popular), aseguró que su grupo de trabajo retomará este martes 7 de marzo el debate del adelanto de elecciones.
Guerra García confirmó que continuarán viendo el anticipo de comicios, luego de que el Pleno rechazara el pedido de reconsideración presentado por el vocero de Renovación Popular, Jorge Montoya, con el que buscaba bloquear el tema.
Como se recuerda, Montoya buscaba que ningún proyecto de ley que plantee el adelanto de los comicios se pueda debatir en el presente periodo anual de sesiones, debido a que todas las propuestas sobre el mismo tema ya fueron rechazadas en la primera legislatura 2022-2023, que terminó en febrero pasado.
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