Así, el artículo 1 de la “Ley que elimina la pensión vitalicia para expresidentes constitucionales de la República, y deja sin efecto otros beneficios”, propone derogar la Ley 26519, que establece la pensión vitalicia.
El artículo 2 establece que los expresidentes solo cuenten con el beneficio de resguardo policial durante el plazo que establezca la ley de la materia.
También se fija la modificación del numeral 6 del artículo 2 del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, que señala que “a los expresidentes se les asigna el resguardo personal mínimo necesario, por el periodo de dos años contados a partir del día siguiente de su cese en el cargo”.
El dictamen fue aprobado por unanimidad por la Comisión presidida por Omar Chehade Moya.

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